IntendenciaMerloSociedad

El Municipio continúa con el Plan Integral de Mejoramiento de Veredas

Esta mañana se retomaron las obras en Los Almendros, entre Pedernera y Güemes. Determinado por la ordenanza N°VIII-0975-HCD-2020, dentro del marco del Convenio Provincia Municipio suscrito el 31/03/21, constituye un pilar fundamental de la gestión que apunta al embellecimiento y mejora de la ciudad para todos los merlinos.

Compartir

Entendiendo que el estado de las veredas es una de las problemáticas más reclamadas por los vecinos de la Villa de Merlo, desde el Municipio se retoma la implementación de la ordenanza N°VIII-0975-HCD-2020 que establece la ejecución de un Plan Integral de Mejoramiento de Veredas, en exigencia de mantenimiento y construcción de las mismas. Esta Ordenanza le da facultad al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un relevamiento del espacio destinado para veredas públicas, a efectos de verificar el estado en que se encuentran las existentes, como así también de las que aún no se han construido, dentro de diferentes zonas del tejido urbano.

Esta mañana se retomaron las obras en Los Almendros al 400, entre Pedernera y Güemes, que dan inicio al proyecto municipal de obra pública más importante de los últimos tiempos.

La importancia primordial que reviste a esta acción, más allá del embellecimiento de la ciudad, es la de mejorar y promover un tránsito seguro para los peatones, regularizando aquellas superficies que así lo requieran.

El procedimiento se inicia por un relevamiento técnico y administrativo que será realizado en cada domicilio, en el cual se presentará un inspector municipal y completará una planilla, que dará dos alternativas al propietario para acceder a este plan:

Opción A) Ejecución a cargo de Titular 

Esta modalidad deberá ser tramitada por un profesional capacitado en el rubro. El trámite se generará en la Dirección de Obras Privadas (dir.obrasprivadas.mvm@gmail.com) y deberá contener la documentación correspondiente a planos, niveles, materialidad de las veredas, certificado de no interferencias con servicios, cómputo y presupuesto. Su aprobación se registrará a través del permiso de obra y su finalización se acreditará con el certificado de final de obra ambos provistos por el Municipio.

Cabe mencionar que la fecha de presentación de la documentación será de un plazo no mayor a 30 días de haber sido notificada la ordenanza.

 Opción B) Ejecución por asistencia Municipal

En esta alternativa se acepta la ejecución de la obra por el Municipio. La misma inicia una vez notificado el propietario, formalizando un presupuesto por parte de la Municipalidad, donde se establecerán las modalidades de pago en conjunto con el privado. Esto quedará formalmente regulado a través de un contrato que se verá reflejado sobre el ABL, tomando la fecha de inicio que dicte el Acta de finalización de Obra.

Cabe mencionar que el incumplimiento por parte del/los Propietario/s a los plazos máximos establecidos en los Arts. 2° y 3° de la ORDENANZA N°VIII-0975-HCD-2020 , facultará al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un recargo en las tasas a la propiedad del 300%. 

El/los Propietarios deberán solicitar por escrito al Ejecutivo Municipal la inspección de la tarea realizada, que tendrá un plazo máximo de 30 días corridos de la fecha de presentación, para verificar el cumplimiento de lo solicitado.

Cabe destacar que el Municipio ofrece planes de financiación inmejorables para la realización de las obras, resultando conveniente para los vecinos la adhesión a la ejecución de las mismas dentro de los plazos establecidos.

Los montos de hasta $150.000 tendrán la opción de abonar en  6 cuotas sin interés o 12 cuotas con 10% de interés. Aquellos que superen los  $150.000 de presupuesto podrán hacer los pagos en 12 cuotas sin interés o 18 cuotas con 15% de interés.

Compartir

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *